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Reforma de las leyes laborales

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Michel Temer. Foto: EFE

El mercado de trabajo brasileño siempre se caracterizó por un alto grado de rigidez, asociado al exceso de normas regulando las relaciones laborales que fueron, en buena medida, creadas en la década de 1940 bajo la inspiración de la Carta del Lavoro italiana, promulgada por Mussolini.

Con la reforma aprobada en julio por el Congreso ante una iniciativa del Gobierno, se busca avanzar en el sentido de flexibilizar el mercado de trabajo, adaptándolo a las condiciones exigidas por las nuevas tecnologías, abriendo espacio para nuevas formas de inserción de los trabajadores en el mercado.

De acuerdo con el Foro Económico Mundial (WEF por sus siglas en inglés), en su Informe de la Competitividad Global 2016-2017, Brasil ocupaba la 81ª posición entre 138 economías analizadas según tres grandes categorías, involucrando condiciones institucionales y macroeconómicas; aspectos relacionados con la eficiencia económica, y estímulos a la innovación y a la sofisticación y complejidad económica. En el segundo grupo de indicadores, se analiza el mercado de trabajo de los diferentes países, y el brasileño se encuentra entre los más ineficientes del mundo, clasificándose en la 117ª posición.

Esta caracterización deriva del análisis de un amplio conjunto de factores: peso de la tributación sobre el trabajo; grado de flexibilidad para contratar y despedir; grado de flexibilidad en las negociaciones salariales; ámbito de la cooperación entre trabajadores y empleadores; atracción de trabajadores extranjeros cualificados; correlación entre remuneración y productividad; participación femenina en el mercado de trabajo, costos de despido incluso cuando hay exceso de trabajadores (redundancy costs, en la terminología del WEF), y la eficiencia de las políticas públicas de mercado de trabajo.

La reforma laboral recién aprobada pretende lidiar con algunas pocas cuestiones entre las destacadas y así mejorar el ranking brasileño en lo que se refiere a las condiciones del mercado de trabajo que, como es visto, es aún peor que la ya baja clasificación media del país en el ranking general .

Aunque no afecta directamente la tributación sobre el trabajo —la más alta de los países encuestados por el WEF— la reforma laboral tiene efectos indirectos sobre ese costo, al introducir la figura del trabajo intermitente. Este mecanismo, por el cual se permite alternar en un determinado período (semana, mes, año) períodos de actividad e inactividad, aumenta la flexibilidad para adecuar la utilización del trabajo a las reales necesidades de la empresa. Esta mayor flexibilidad es crítica para algunas actividades de carácter estacional o que presentan "picos" de demanda en momentos específicos, como restaurantes, comercio al por menor y el sector agrícola.

Desde el punto de vista del trabajador, el cambio abre espacio para la contratación de personas cuya disponibilidad para trabajar ocurre apenas algunas horas del día o en algunos días de la semana. Las prácticas recientes, posibilitadas por las nuevas tecnologías de información y comunicación, como el trabajo en el hogar y el trabajo a tiempo parcial, van en la misma dirección.

Un segundo aspecto importante de la reforma es la posibilidad de que negociaciones directas entre empresas y trabajadores, con la mediación de los sindicatos, puedan superponerse a aspectos específicos de la legislación vigente en lo que se refiere a cambios en los turnos de trabajo, fragmentar las vacaciones, bancos de horas, etc. Para los trabajadores más cualificados, la reforma abre el espacio para que los acuerdos individuales con las empresas se ubiquen por encima de la legislación.

De acuerdo con la legislación actual, hay un incentivo al litigio entre empleados y firmas y la única solución posible puede ser dada por la Justicia del Trabajo, después de la desvinculación del trabajador. Con el cambio, se espera que eventuales conflictos puedan ser resueltos sin que el trabajador tenga que ser despedido, al mismo tiempo que se reduce la demanda sobre la Justicia del Trabajo, ya hipertrofiada y sobrecargada con un volumen gigantesco de acciones. La posibilidad de que el cierre del contrato de trabajo ocurra con costos menores que los previstos en la ley cuando haya concordancia de las partes, y el fin de la necesidad de previa homologación de despidos sin justa causa por parte de los sindicatos —que acaba generando costos burocráticos —también son cambios que deben estimular la formalización en el mercado de trabajo y la reducción de la rotación de trabajadores.

La reforma aún consagra en la ley los sistemas de remuneración basados enproductividad y la tercerización de las actividades productivas; introduce un costo para el trabajador que inicia acciones legales contra la empresa en mala fe y limita la compensación por daños morales a un múltiplo de la remuneración del trabajador, y acaba con el impuesto sindical obligatorio.

En general, las medidas aprobadas mantienen los derechos de los trabajadores, pero aumenta la flexibilidad del mercado de trabajo para hacer frente a situaciones específicas o temporales. En particular, al ampliar el alcance para negociaciones entre sindicatos y empresas, se abre espacio para que, ante situaciones adversas transitorias —por ejemplo, de caída de demanda— el ajuste pueda ser hecho, parcialmente y a lo largo del tiempo, por medio de una reducción de la carga de trabajo y de los salarios, sin que, como ocurre hoy, haya despidos masivos. En esta perspectiva, la mayor estabilidad de las relaciones laborales abre espacio para que las empresas inviertan más en el entrenamiento de sus trabajadores, aumentando así el capital humano en la economía.

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Michel Temer. Foto: EFE

PAULO LEVY

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