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Demanda de enfermero contra el Estado es calificada de exagerada

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Pereira fue procesado por cinco asesinatos, tras juicio fue declarado inocente. Foto: USAF
1st Lt. Sabrina Macalister, 79th Medical Wing clinical nurse, gives a patient an IV during a training session July 16, 2013, at the Malcolm Grow Medical Clinic and Surgery Center Emergent Care Center on Joint Base Andrews, Md. The MGMCSC professionals maintain medical readiness for worldwide contingencies with 1,373 staff members and 69 residents. (U.S. Air Force photo Tech. Sgt. Tammie Moore)
Tech. Sgt. Tammie Moore/Air Force District of Washington

Fue acusado de matar pacientes en 2012; reclama pago de US$ 2 millones.

El enfermero Marcelo Pereira reclama al Poder Judicial y al Estado una indemnización de US$ 1.000 diarios por cada uno de los 1.075 días —casi tres años— que estuvo en prisión en forma indebida. Pereira y el también enfermero Ariel Acevedo fueron acusados de cinco crímenes en 2012.

Un Tribunal de Apelaciones absolvió a ambos enfermeros.

En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contestó la demanda civil de Pereira señalando que solo corresponde pagar una indemnización en caso de existir una falla de su servicio o si funcionó con demora o en forma irregular. Sin embargo, ello no quedó probado por el demandante, agregó.

La demanda del enfermero Pereira, elaborada por su abogado Humberto Teske, pide que se condene al Poder Judicial a pagar US$ 386.000 por concepto de prisión indebida; US$ 773.104 por daño moral; lucro cesante, US$ 797.385, y de honorarios profesionales, US$ 70.000 más IVA.

Tras advertir que el Juzgado de lo Contencioso solo deberá considerar el daño por la prisión indebida causada en exceso, el presidente de la SCJ, Jorge Chediak, dijo que el magistrado tiene que "desestimar" el supuesto daño patrimonial sufrido por el demandante. Agrega que "no corresponde" al enfermero solicitar una doble indemnización superponiendo el daño moral a otro por prisión indebida que, en realidad, no es otra cosa que el daño extrapatrimonial. "No hay dudas que —más allá de no corresponder— la forma de aplicación (de la demanda) pretendida por la parte actora es totalmente infundada y conduce a resultados desmedidos (US$ 2 millones de indemnización)", expresa Chediak. Es decir, se trata de una demanda "exagerada" en sus pretensiones.

Ilícito.

El escrito de Chediak, presentado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, reitera que para que nazca la obligación reparatoria del Estado debe constatarse una conducta antijurídica del Poder Judicial y, además, que se haya dado frau-de, dolo o error inexcusable o demora injustificada en resolver. Recuerda que el demandante no adujo ninguna de estas circunstancias mencionadas.

La actuación del Poder Judicial fue "conforme a derecho", por lo que debe descartarse la presencia de una nota de ilicitud. "En definitiva, no surge responsabilidad del Poder Judicial por los hechos de autos (el expediente)", insiste el presidente de la Corte.

Para decretar el procesamiento con prisión de una persona, la ley solo exige que existan, a criterio del juez, elementos de convicción suficientes, a diferencia de la plena prueba exigida para condenar.

Chediak dice que el procesamiento de los dos enfermeros y de una nurse fue dictado en virtud de estimar que de la prueba relevada resultaron elementos de convicción suficientes para procesarlos con prisión y para iniciar proceso a los indagados.

El juez de la causa dispuso el procesamiento preventivo de los tres acusados en atención a que los delitos que se les imputaba —cinco homicidios en reiteración real— se castigan con pena de penitenciaría.

Chediak advierte que los procesamientos de los dos enfermeros y de la nurse fueron entonces "correctamente fundados" y dictados en virtud de las pruebas encontradas en las primeras etapas de la investigación penal.

Pide volver al hospital Maciel y a mutualista.

En un escrito presentado ante el Juzgado de lo Contencioso de 1er Turno, el enfermero Marcelo Pereira reclamó que se le reintegre a sus cargos en el Hospital Maciel y en la Asociación Española. Con respecto al centro privado, Pereira expresa que trabajó en esa empresa desde octubre de 1991 hasta el 16 de marzo de 2012. "Trabajé hasta ese día porque como es de público conocimiento se me inició un Proceso Penal y se me acusaba de tener un accionar incorrecto en el cumplimiento de mi función", dice el escrito. Pereira sostiene: "Como la empresa nunca me despidió y no me notificó ningún despido ni sanción, por haber perdido mi fuente laboral por un proceso injusto, corresponde a mi Derecho que se me reintegre a mi función con todo los beneficios que contaba".

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Pereira fue procesado por cinco asesinatos, tras juicio fue declarado inocente. Foto: USAF

PRISIÓN INDEBIDAEDUARDO BARRENECHE

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