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Gobierno no está obligado a reglamentar ley de medios

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La Asociación de Sordos cree que el gobierno facilita su inclusión en la sociedad. Foto: Archivo

Tribunal de Apelaciones falló sobre que el Poder Judicial no puede tener “injerencia” en tareas del Ejecutivo.

Un Tribunal de Apelaciones revocó una sentencia en primera instancia a favor de la Asociación de Sordos del Uruguay que obligaba al Poder Ejecutivo a reglamentar la Ley de Medios en un plazo de 90 días y establecer que los informativos y programas culturales y sociales debían tener subtitulados o lengua de señas.

El fallo del juez de lo Contencioso Administrativo, Gabriel Ohanian, establecía que el Estado debía pagar una multa de 100 Unidades Reajustables diarias ($ 98.700) si no reglamentaba la ley en dicho plazo.

La sentencia en primera instancia de Ohanian respondía a una acción de amparo planteada por Gustavo Vargas, representante de la Asociación de Sordos del Uruguay (ASUR), una asociación civil sin fines de lucro que reúne a personas que padecen discapacidad auditiva.

El 21 de abril de este año, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 4° Turno decidió revocar el fallo de Ohanian por entender que la acción de amparo se presentó fuera de fecha; la reglamentación de una ley es un tema ajeno al Poder Judicial y no se constata un daño a los derechos de personas sordas.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones, a la que tuvo acceso El País, señala que la Asociación de Sordos reconoce expresamente que el día 27 de mayo de 2016 presentó un derecho de petición ante el Poder Ejecutivo para que los programas televisivos de interés general tengan un sistema de subtitulado o lenguaje de señas y que, ante la no contestación y falta de acción, presentó nuevamente un derecho de petición el 17 de enero de este año. "La Asociación de Sordos admite que hubo una denegatoria ficta de su primera presentación por parte del Poder Ejecutivo", agrega el fallo.

El Tribunal advierte que, de acuerdo a normas administrativas de Uruguay, la acción de amparo debió presentarse dentro de los 30 días de haber ocurrido la primera negativa del Poder Ejecutivo. "No habiéndolo hecho, la misma es claramente extemporánea", señala el fallo dándole la razón al Poder Ejecutivo.

Con respecto al segundo derecho de petición elevado por la Asociación de Sordos ante el Poder Ejecutivo, el Tribunal recordó que tiene la "posición firme" sobre que, para evitar los perjuicios derivados del tiempo que insume la tramitación de los recursos administrativos, nada impide accionar en la vía de amparo que tutele el derecho supuestamente lesionado.

Pese a reconocer el claro interés de la Asociación de Sordos, los ministros de Apelaciones consideran que su pretensión —la reglamentación de la Ley de Medios para que los programas de interés general tengan algún sistema de comunicación para personas con esta discapacidad— "exhorbita" el recurso de amparo.

Agrega que la pretensión de la Asociación refiere a un "tema ajeno" al Poder Judicial que, de aceptarse, implicaría "una superposición" de la actividad reglamentaria de una ley que es "propia y específica" del Poder Ejecutivo.

Los ministros coincidieron con la posición jurídica de los abogados del Poder Ejecutivo (Ministerio de Educación) sobre que es potestad del mismo evaluar y disponer la viabilidad y conveniencia de reglamentar total o parcialmente una ley.

Sin daño.

Citando una sentencia del Tribunal de lo Contencioso administrativo, el Tribunal de Apelaciones entiende que la independencia y separación de poderes es una garantía fundamental en un Estado de Derecho, por lo que "no puede" uno de ellos "tener injerencia" en la competencia del otro, so pena de vulnerar la Constitución de la República.

El Tribunal de Apelaciones "no advierte" el daño actual o inminente que lesione o amenace los derechos y libertades de los sordos reconocidos en la Constitución de la República, lo que justificaría la habilitación del procedimiento excepcionalísimo del recurso de amparo.

Sordos exigen derecho a acceder a la información.

La Asociación de Sordos considera que hoy son vulnerados sus derechos porque el gobierno no promulgó la Ley de Medios. Dicha norma obliga a los servicios de televisión abierta y de abonados a brindar parte de la programación acompañada de sistemas de subtitulados y lengua de señas. Pide que el gobierno levante observaciones de la Convención sobre Derechos de Personas con discapacidad porque la información no es accesible a minusválidos.

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La Asociación de Sordos cree que el gobierno facilita su inclusión en la sociedad. Foto: Archivo

LENGUAJE DE SEÑASEDUARDO BARRENECHE

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